Prestaciones económicas de urgencia

En situaciones de emergencia en el ámbito de la vivienda, la Generalitat puede conceder prestaciones económicas de especial urgencia para evitar la pérdida de la vivienda y la exclusión residencial. Si desea más información o no sabe cómo tramitarlas diríjase a la Oficina Local de Vivienda.

Los destinatarios son residentes en Cataluña que no superen en dos veces el Indicador de Renta de Suficiencia (IRSC) para personas solas o en dos veces y media para las unidades de convivencia

Para recibir la prestación la vivienda debe constituir el domicilio habitual y permanente del solicitante, lo que se acredita a través del empadronamiento

Hay varias modalidades de prestación, en función de varios factores

Las ayudas son incompatibles con otras subvenciones para el pago del alquiler, pero no entre dos modalidades de la misma prestación que no superen los 3.000 €

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