
El Consejo de Ministros aprobó este martes lo que se considera un Plan de Rescate, de 4.220 millones de euros, para la hostelería, el comercio y el turismo, las actividades que se han visto más afectadas por las restricciones por la COVID-19.
Este Plan contempla cinco bloques de medidas:
BLOC I. Medidas extraordinarias dirigidas a arrendamientos de locales de negocios.
Estas ayudas se dividirán en dos modalidades en función de quién sea el propietario del inmueble:
- Para los grandes tenedores:
- Rebaja de un 50% en el alquiler de los locales de hostelería y comercio durante el tiempo que dure el estado de alarma, en caso de que las partes implicadas no consigan un acuerdo sobre la condonación o renegociación del pago de la renta.
- Moratoria en el pago de la renta, es decir, no cobrar el alquiler al arrendatario, sin penalización ni pago de intereses. Esta medida se aplicaría de manera automática durante el estado de alarma y los cuatro meses adicionales, teniendo que abonar la renta una vez pasado este periodo, durante los dos años posteriores a la finalización de la moratoria.
- Para las personas físicas, es decir, con menos de 10 inmuebles:
- Incentivo fiscal para rebajar la factura del alquiler: los propietarios de locales que estén alquilados a estos mismos sectores -turismo, hostelería y comercio- podrán computar como gasto deducible en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), la rebaja del precio del alquiler que acuerden con los inquilinos, durante los meses de enero, febrero y marzo del 2021.
BLOC 2. Medidas de liquidez
- Mejora de las condiciones de devolución de los préstamos ICO: Ampliación de la carencia y del periodo de amortización. Ampliación por un año adicional de la carencia y del periodo de amortización, en un máximo de 3 años, sin poder superar los 8 años el vencimiento total de la operación.
- Nuevo tramo de avales ICO, dotado con 500M€: hasta un 90% de garantía del Estado. Se pueden solicitar hasta el 30 de junio de 2021.
- Financiación para las agencias de viajes y operadores turísticos: podrán utilizar esta financiación que se avala por el ICO para realizar la devolución de los anticipos de clientes por viajes combinados y derecho de resarcimiento. Es decir, devolver a los particulares las reservas realizadas por un viaje que finalmente no se ha llevado a cabo.
- Creación de una sociedad de garantía recíproca de carácter exclusivamente turístico. Con esta medida, el Ejecutivo pretende facilitar el acceso a la financiación con garantías del sector, con una capacidad de inyectar liquidez del 700% de su capital.
Bloc 3. Medidas tributarias
- Mejora de las condiciones de devolución de los préstamos ICO: Ampliación de la carencia y del periodo de amortización. Ampliación por un año adicional de la carencia y del periodo de amortización, en un máximo de 3 años, sin poder superar los 8 años el vencimiento total de la operación.
- Nuevo tramo de avales ICO, dotado con 500M€: hasta un 90% de garantía del Estado. Se pueden solicitar hasta el 30 de junio de 2021.
- Financiación para las agencias de viajes y operadores turísticos: podrán utilizar esta financiación que se avala por el ICO para realizar la devolución de los anticipos de clientes por viajes combinados y derecho de resarcimiento. Es decir, devolver a los particulares las reservas realizadas por un viaje que finalmente no se ha llevado a cabo.
- Creación de una sociedad de garantía recíproca de carácter exclusivamente turístico. Con esta medida, el Ejecutivo pretende facilitar el acceso a la financiación con garantías del sector, con una capacidad de inyectar liquidez del 700% de su capital.
Bloc 4. Medidas laborales y Seguridad Social
- Extensión de la protección de los ERTO para sectores del comercio y hostelería: con esta medida se extienden las exenciones previstas en la disposición adicional primera del Real Decreto ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa de la ocupación a determinados sectores económicos a los siguientes subsectores que pasan a ser hiperprotegidos:- Comercio al por mayor de bebidas.- Restaurantes y lugares de comidas.- Establecimientos de bebidas.- Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales.
Esta medida se aplica los meses de diciembre de 2020 y enero de 2021 y se prevé una prórroga.
- Aplazamiento en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, que se ha incluido en los Presupuestos Generales del Estado para 2021 y de la cual podrán beneficiar tanto emprendidas como autónomos.
- Bonificación de la contratación de trabajadores fijos discontinuos: se aprueba una bonificación del 50% de las cuotas empresariales a la SS para la contratación de fijos discontinuos en estos sectores de abril a octubre de 2021.
Bloc 5. Medidas reguladoras
- Se establece un régimen transitorio de las zonas de gran afluencia turística para 2021.
- Se flexibilizan los requisitos para el mantenimiento de los incentivos regionales.
- Se amplía la moratoria para presentar concurso de acreedores.
Si queréis leer directamente el texto, podéis hacerlo aquí:Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria.