Programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios

El 30 de noviembre se publicó la convocatoria del año 2020 para la concesión de subvenciones al Programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes. Te explicamos las características principales. Para conocer en detalle esta convocatòria, puedes dirigirte al Canal Empresa de la Generalitat. 

  • Ayudas a la rehabilitación energética de edificios que incorporen estas tipologías de actuación:

    • Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
    • Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria.
    • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

 

  • Destinatarios últimos de las ayudas (residencia fiscal en España):

    • Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarios de edificios existentes (o partes del edificio en el caso de la opción B) destinados a cualquier uso. 
    • Las comunidades o agrupaciones de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda (artículo 5 de la Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal).
    • Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios (artículo 396 del Código Civil) y sin título constitutivo de propiedad horizontal.
    • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios (mediante contrato vigente a largo plazo) que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de la actuación.
    • Las empresas de servicios energéticos (ESEs). Deberán actuar en función del contrato con la propiedad y llevar a cabo las inversiones.
    • Los ayuntamientos, las diputaciones provinciales, el sector público institucional de cualesquiera administraciones públicas o entidades locales equivalentes, y las Mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles.
    • Las Comunidades locales de energía, las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, según la Directiva 2018/2001, la Directiva 2019/944 o el Real Decreto Ley 23/2020.