Registro diario de la jornada de los trabajadores ¿sí o no?

¿Debe mi empresa llevar un registro diario?

Este artículo lo ha escrito Pablo Jerez, de Assesorias y Seo

¿Debe mi empresa llevar un registro diario de la jornada de los trabajadores? Te explicamos los cambios para 2017.

Desde finales de 2015 y hasta este año, las empresas han tenido que poner en marcha sistemas para llevar un registro diario de las jornadas de sus empleados. ¿Cómo está el tema ahora?

  • Lo que pasó en 2015. 

En diciembre de 2015, la Audiencia Nacional publicó una sentencia en la que obligaba a la entidad financiera Bankia, a implantar un sistema de registro diario de la jornada de todos sus empleados, con la finalidad de poder controlar los excesos de jornada realizados por los trabajadores durante el año, o lo que es lo mismo, poder controlar las horas extras realizadas. Si te animas a consultar la sentencia, puedes te leerla aquí.

  • Y llegó el Tsunami.

Al calor de dicha sentencia, Inspección de Trabajo vio respaldada la tesis que llevaba años defendiendo, es decir, la obligatoriedad de llevar un registro diario de la jornada de todos los empleados de la empresa. Así que manos a la obra, publicó la instrucción 3/2016 sobre intensificación del control horario en materia de tiempo de trabajo y horas extraordinarias. Básicamente y para resumir, se establecía que los Inspectores debían requerir a las empresa dicho control horario y que éstos podían, en caso de incumplimiento, sancionar por ello.

El tsunami se puso en marcha y la ola llegó a todas las empresas del país. La Inspección de Trabajo requiriendo el registro diario, las asesorías indicando a sus clientes la necesidad de llevar el registro para evitar sanciones, y las empresas de control horario haciendo su agosto, fueron el caldo de cultivo para que grandes empresas, pymes y autónomos con asalariados, se pusieran las pilas a marchas forzadas para cumplir con la ley.

Al no indicar la sentencia la manera en que se debía llevar a cabo el control de la jornada diaria, cada empresa se ha intentado adaptar con soluciones en las medidas de sus posibilidades. Muchas empresas han optado por contratar sofisticados sistemas de control horario, sobre todo las empresas grandes. Otras empresas han optado por sistemas más clásicos, como el de elaborar registros mensuales en papel, que los trabajadores han ido firmando, indicando la hora de entrada, la de salida y el número de horas trabajadas.

  •  La nueva sentencia del 2017.

En marzo de 2017, el Tribunal Supremo ha anulado la sentencia de la Audiencia Nacional, y eliminado por tanto, la necesidad de llevar un registro diario de la jornada de todos los trabajadores de la empresa. Puedes consultar la sentencia desde este enlace.

De todos modos recuerda: en los contratos a tiempo parcial sí es necesario continuar llevando los registros. 

Pese a que ya no es obligatorio llevar el registro diario, hay que recordar que la Ley exige que las empresas elaboren un calendario anual, en el que se señalen los días de trabajo, festivos y vacaciones, y que el trabajador tenga acceso en todo momento al mismo.

Así mismo, la Ley obliga a controlar las horas extras realizadas por los trabajadores, obligando a registrarlas día a día, totalizándolas en el periodo fijado para el pago de la retribución. Además establece la obligatoriedad de entregar una copia del resumen al trabajador en el recibo de la nómina.

Ya no es necesario llevar el registro diario de la jornada de los trabajadores a tiempo completo, pero sí se deberá llevar el control de las horas extras diarias realizadas, así como el registro de las horas realizadas por los empleados a tiempo parcial.

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