Elecciones Generales 2023 (Congreso y Senado)


Con el 100 % de los votos escrutados, el PSC ha sido la fuerza política más votada en nuestra ciudad después de conseguir el 43,16% de los votos. En segunda posición, encontraríamos Sumar-ECP con un 16,06 % seguido del PP en tercer lugar con el 15,69 %. Por detrás de estos, quedarían VOX (10,17%), ERC (8,13%) y Junts (2,81%). En cuanto a la participación electoral, en Viladecans se ha situado finalmente en un 67,66 %, un porcentaje 5,82 puntos inferior al de las últimas elecciones del 2019, que fue del 73,48 %.

Información para los y las votantes

El 23 de julio de 2023 se celebran en España Elecciones Generales para escoger las Cortes, es decir, el Senado y el Congreso de los Diputados, que permitirán escoger un nuevo Gobierno para el país.

CENSO ELECTORAL

Las personas mayores de edad empadronadas en Viladecans antes del 27 de febrero de 2023 están automáticamente inscritas en el Censo Electoral. En estos comicios también están llamadas a voto las personas residentes en el estrangero de manera permanente o de paso el 23J

VOTACIÓN

En la provincia de Barcelona se eligen 32 representados por la Congreso y cuatro para el Senado. Para el Congreso se vota a una única formación política,eligiendo la papeleta de su candidatura (de color blanco). En cambio, para el Senado se vota a la persona y se pueden elegir un máximo de tres candidatos de entre todas las diferentes formaciones políticas que figuran en una papeleta única (de color sepia).

COLEGIO ELECTORAL

Los colegios estarán abiertos el 23 de julio de 9 a 20 horas. Cada elector recibe en casa por correo postal la tarjeta censal en la que se indica el local donde debe votar. Asimismo, también puede consultarse el local de votación donde tocaría votar según domicilio a través de la web de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, indicando el DNI. Para ello no es necesario contar con sistema de identificación digital y sólo es necesario aportar los datos del domicilio y la inicial del primer apellido. En Viladecans, todo el mundo votará en el mismo local y mesa donde lo hizo en las Elecciones Municipales del pasado 28 de mayo. Eso sí, en algunos colegios electorales se ha mejorado la distribución para tener más espacio físico para favorecer la comodidad tanto de las personas votantes y los miembros de mesa, ampliando el espacio de voto o trasladándolo a otra sala del mismo edificio.

ACCESIBILIDAD

Las administraciones ofrecen todas las facilidades para acudir a votar a las personas con especiales dificultades para ello. Así, por un lado, las personas con ceguera pueden solicitar el voto en Braille, como máximo, hasta el 26 de junio, tal y como se detalla en la web del Ministerio del Interior.

Por otro lado, el Ayuntamiento, por medio de Cruz Roja Viladecans, ofrecerá durante la jornada un servicio de apoyo a las personas con problemas de movilidad para su traslado al colegio electoral. Para solicitarlo es necesario llamar antes del 19 de julio al teléfono 687 437 904. Para atender a otras necesidades sobrevenidas se puede contactar en el mismo teléfono o con la Policía Local en el número 93 659 40 24.

La ley electoral (LOREG) prevé que las personas que no puedan acudir presencialmente a los colegios electorales puedan solicitar a la Oficina del Censo Electoral la documentación para votar por correo. Pueden hacerlo todas las personas mayores de edad empadronadas en la ciudad e inscritas en el Censo Electoral. Aquellas personas que estén en el extranjero y no puedan recurrir al voto por correo en España tendrán que seguir otros procesos para votar, ya sea porque están ahí fuera de forma temporal (voto ERTA) o de forma estable (voto CERA).

PROCESO

El voto por correo se puede solicitar por internet en la web de Correos (exclusivamente mediante firma electrónica) o bien acudir presencialmente a una oficina de Correos, acreditando la identidad y rellenando un impreso con el que se solicita la documentación necesaria. Para agilizar el trámite, el impreso también se puede completar por Internet en la  web de Correos o también en la web del INE  e imprimirlo para llevarlo a Correos. Una vez hecha la solicitud en Correos, ya sea online o presencialmente, no se podrá votar en persona el 23J, aunque no se haya completado el proceso entregando el voto.

La documentación para ejercer el derecho a voto, que incluye una papeleta de cada candidatura, se recibirá después de unos días en la dirección postal indicada en la solicitud. Puede ser el domicilio o el puesto de trabajo, pero en cualquier caso esta comunicación debe recibirse personalmente. El sobre debe devolverse debidamente cumplimentado a una oficina de Correos.Como novedad, por primera vez será obligatorio hacerlo presencialmente y con el DNI o bien realizar una autorización a otra persona para hacerlo.

PLAZOS

Hasta el 13 de julio se puede solicitar el voto por correo. La Oficina del Censo Electoral envía el sobre con las papeletas entre el 3 y el 16 de julio. La fecha límite para llevar la documentación con el voto a Correos será el 20 de julio, tres días antes de la jornada electoral.

OTRAS CONSIDERACIONES

La petición para votar por correo no exime en ningún caso de poder ser elegido para formar parte de una mesa electoral. Las personas que tengan una excusa contemplada en la ley electoral deberán comunicarlo a la Junta Electoral de Zona.

MESAS ELECTORALES

Del 26 al 28 de junio el Ayuntamiento sorteará a las personas miembros de las mesas electorales: un titular, dos suplentes y seis reservas para cada posición (presidencia, 1ª vocalía y 2ª vocalía).

El sorteo se realiza en una Junta de Gobierno Local Extraordinaria y se realiza con un programa informático que escoge y asigna los cargos aleatoriamente. Las personas que entran en el sorteo son aquellas que forman parte de esa mesa, tienen menos de 70 años y un determinado nivel de estudios: para las vocalías, desde aquellas personas que no tienen estudios a las que tienen Formación Profesional de Grado Medio o equivalente; para las presidencias, a partir del Graduado Escolar o similar hasta estudios universitarios.

En los cuatro días siguientes al sorteo se comunica por carta certificada a las personas titulares y suplentes. En caso de alegaciones justificadas o de imposibilidad de notificación (que comporta consecuencias reguladas por ley), se puede convocar a las personas de reserva, incluso en la misma jornada electoral.

Los eximentes para formar parte de una mesa electoral, así como la forma de tramitarlos, se podrán consultar en la web del Ministerio del Interior próximamente. En estos comicios se ha incluido como novedad la contratación de viajes previamente a la fecha de la convocatoria electoral, el 30 de mayo de 2023, y que no puedan ser aplazados o cuyo aplazamiento suponga una pérdida económica.

PUBLICIDAD ELECTORAL

Cualquier persona puede solicitar su oposición a recibir publicidad electoral por parte de los partidos políticos en la campaña electoral de estas elecciones, de acuerdo con lo establecido en el cambio legislativo llevado a cabo en diciembre de 2018. La solicitud se debe tramitar, como máximo, hasta el 12 de junio a través de la web del Instituto Nacional de Estadística, exclusivamente con el Sistema Cl@ve, o bien presencialmente en la oficina de atención ciudadana Viladecans Informació. Las solicitudes posteriores al 12 de junio tendrán efecto en las siguientes elecciones que se celebren.

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